Depende de cuánto hayas ingresado. Si superas 22.000€ con un solo pagador o 15.876€ con más de uno, sí tienes que hacer la renta. Si no llegas a esos límites, podrías hacerla voluntariamente para recuperar retenciones.
Si tu empresa o la mutua te han seguido pagando, se considera rendimiento del trabajo y tributa como un salario. Si has recibido la prestación directamente del INSS, también se considera rendimiento del trabajo, pero con menor retención, lo que podría hacer que tu renta salga a pagar. Si la baja ha sido por más de dos años y es por enfermedad grave, podría estar exenta en ciertos casos.
Correcto, porque la forma de calcularlas y elaborarlas es diferente. Si se hacen dos declaraciones individuales, se estudian de forma separada y su precio varía según las características de cada persona. Si después de hacer los estudios fiscales individuales se decide presentar una conjunta, se paga por ambas elaboraciones, aunque solo se envíe una.
Depende de tu situación fiscal: ingresos, deducciones, alquileres, inversiones... No todas las declaraciones cuestan lo mismo, pero lo que sí es seguro es que un error puede salirte mucho más caro.
La renta de un autónomo es más compleja porque implica declarar ingresos, gastos y deducciones. Si lo haces mal, puedes pagar de más o, peor aún, recibir una inspección.
Sí, pero Hacienda solo usa los datos fiscales que ya tiene, no va a buscar deducciones ni optimizar tu renta. Si no revisas bien, podrías dejar dinero en la mesa sin saberlo.
Mucho menos de lo que te costaría un error en tu declaración. No pagar de más ni perder deducciones es clave. Hacienda no te va a buscar las mejores opciones, pero nosotros sí.
Porque Hacienda no te asesora ni busca la mejor opción para ti. Hacer la renta mal puede costarte sanciones o perder deducciones que podrías aplicar.
Si has cobrado una prestación de desempleo, estás obligado a presentar la renta. NOVEDAD 2025. Si además has estado dado de alta como autónomo, ten en cuenta que desde el 1 de enero de 2023, la obligación es total, sin importar los ingresos. Si no declaras correctamente, podrías enfrentarte a sanciones y perder dinero sin darte cuenta.
Si has ganado más de 22.000€ con un solo pagador o 15.876€ con varios, estás obligado a presentarla.
Si entre todos superas 15.876€ y el segundo pagador te ha abonado más de 1.500€, tienes que hacer la renta.
Sí, es obligatoria, aunque no siempre pagarás impuestos.
Complemento de Ayuda a la Infancia forma parte del Ingreso Mínimo Vital, la declaración debe hacerla el titular del IMV y afecta a toda la unidad familiar.
Si en tu unidad familiar sois 4 miembros y recibes el Complemento de Ayuda a la Infancia, la declaración debe ser presentada por el titular del IMV. En este caso, Hacienda permite hacerla conjunta o individual, pero cuidado: la opción que elijas puede marcar la diferencia entre pagar más o aprovechar deducciones. Si la haces conjunta, podrías perder beneficios fiscales que individualmente cada miembro sí podría aplicar.
El desconocimiento de la ley no te exime de su cumplimiento. Si la presentas mal, Hacienda no tendrá piedad y podrías enfrentarte a sanciones.
Si tu hijo es menor y no tiene DNI, puedes obtener sus datos fiscales a través del NIF asignado por la Agencia Tributaria. Puedes consultarlo en la Sede Electrónica de Hacienda o acudiendo a una oficina de la Agencia Tributaria con el libro de familia. Si recibes el Complemento de Ayuda a la Infancia, es fundamental que los datos de todos los miembros estén correctamente registrados para evitar problemas.
Para presentar la renta de un menor es obligatorio indicar un número de cuenta bancaria. Este dato es imprescindible para acceder a sus datos fiscales y poder completar correctamente su declaración.
© Vael Asesores Todos los derechos reservados. VAEL ASESORES